AYUDA DESAYUNOS ESCOLARES FAMILIAS PERCEPTORAS DE R.M.I. O I.M.V.


Según la RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERÍA DE POLÍTICA EDUCATIVA POR LA QUE SE DICTAN LAS INSTRUCCIONES PARA LA INCORPORACIÓN CON CARÁCTER ANTICIPADO AL SERVICIO DE DESAYUNOS ESCOLARES EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE ALUMNADO PERTENECIENTE A FAMILIAS PERCEPTORAS DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN (R.M.I) O DEL INGRESO MÍNIMO VITAL (I.M.V.) POR RAZÓN DE RENTA, se podrá solicitar una ayuda de desayuno escolar que consistirá en proporcionar, antes del inicio de la jornada lectiva, un desayuno saludable a alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria a las familias que:

– Sean perceptoras de la Renta Mínima de Inserción (R.M.I.).

– Sean perceptoras de Ingreso Mínimo Vital por renta (I.M.V).

Los alumnos beneficiarios acudirán a su centro educativo hasta una hora antes del inicio de la jornada escolar.

Las familias que se encuentren en alguno de los dos supuestos anteriormente mencionados, presentarán en el centro educativo la solicitud que figura en la Resolución o que se entregará en Secretaría.

Deberá ser firmada por el padre y la madre. En caso de imposibilidad de firma de alguno de los progenitores, han de presentar una declaración responsable.

Junto con la solicitud se presentará:

– Copia, en vigor, del DNI o NIE. En el caso de extranjeros que carezcan de NIE deberán aportar copia, en vigor, del pasaporte y consignar el número en la solicitud.

– Documento acreditativo de ser perceptor de la RMI o del IMV por renta.

El plazo para presentar la solicitud y la documentación finaliza el próximo 27 de octubre.

ACCESO A LA RESOLUCIÓN Y SOLICITUD: https://site.educa.madrid.org/cp.mariadevillota.madrid//wp-content/uploads/cp.mariadevillota.madrid/2022/10/RESOLUCION-INSTRUCCIONES-DESAYUNOS-ESCOLARES.pdf